ejecución provisional

Ana Maria

Miembro
Buenos días,

Quería plantearos unas dudas. Se dicta sentencia reconociendo la improcedencia del despido efectuado a un trabajador, y bueno, ya sabeis, dando el plazo de 5 días  para opción. El empresario todavía no la ha realizado. Yo he anunciado recurso, pero por un tema que no tiene que ver con el fondo estando de acuerdo con la improcedencia; El empresario, todavía no ha hecho opción expresa y han pasado los 5 días. Por lo que entiendo de la ley, al haber recurrido una de las partes, en este caso yo..se aplica la ejecución provisional? pero..le es de aplicación a la empresa el plazo de 10 días para comunicar la incorporación?porque, se supone que tácitamente ya ha optado por la readmisión... no me queda claro de la lectura del 295....y para la ejecución provisional, que plazo habría??bueno, un saludo, a ver si me podeis ayudar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El 295 LPL es claro; si se ha optado por la readmisión (lo que ha hecho el empresario al no decir nada) pues toca  ejecución provisional.
 

Ana Maria

Miembro
muchas gracias, veo que sigues por aqui, estaba esto muy tranquilo. Finalmente la empresa ha procedido a la readmisión. No hizo la opción formalmente pero si tácitamente, y remitió el burofax para su reincorporación. La salida del burofax, está dentro de los 10 días, pero le llego al trabajador después de esos 10 días. Yo entiendo que está hecha correctamente, ya que no podemos controlar a correos..tu que opinas, fernando?podría ejecutar al haberle llegado el burofax despues de los 10 días?aunque no tengo intenciones la verdad, queremos la readmisión...bueno, y si estas de vacaciones, te agradezco sigas por el foro dandole vida..saludos.
 
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