Buenos días
Empresa recibe notificación para practicar embargo a trabajador por orden de la TGSS por importe de 285 euros durante el mes de septiembre
En la nómina de septiembre la empresa realiza el pago del embargo
El trabajador en su cuenta corriente recibe comunicación de bloqueo de 285 euros por orden de la TGSS
¿Es correcto este funcionamiento?
Si la TGSS puede cobrar directamente los 285 euros de la cuenta corriente del trabajador, ¿por qué solicita el embargo a la empresa?
¿Hubiera pasado lo mismo si el importe a embargar hubiera sido, por ejemplo, de 3.500 euros?
Empresa recibe notificación para practicar embargo a trabajador por orden de la TGSS por importe de 285 euros durante el mes de septiembre
En la nómina de septiembre la empresa realiza el pago del embargo
El trabajador en su cuenta corriente recibe comunicación de bloqueo de 285 euros por orden de la TGSS
¿Es correcto este funcionamiento?
Si la TGSS puede cobrar directamente los 285 euros de la cuenta corriente del trabajador, ¿por qué solicita el embargo a la empresa?
¿Hubiera pasado lo mismo si el importe a embargar hubiera sido, por ejemplo, de 3.500 euros?