He estado buscando pero en unos sitios encuentro que si y en otros que no.
Un trabajador que trabaja a media jornada cobra líquido aproximadamente 680 Euros con pagas incluidas, ¿debo practicarle embargo tomando como consideración el SMI al 50% ? o al no llegar a 707,70 Euros no? es algo que siempre he tenido dudas
Un trabajador que trabaja a media jornada cobra líquido aproximadamente 680 Euros con pagas incluidas, ¿debo practicarle embargo tomando como consideración el SMI al 50% ? o al no llegar a 707,70 Euros no? es algo que siempre he tenido dudas