Buenos días
La Disposición transitoria tercera establece que el Servicio Público de Empleo Estatal establecerá en el plazo de un mes, a partir de la entrada en vigor del presente real decreto-ley, el procedimiento para la tramitación de solicitudes, que determinará los formularios, sistema de tramitación (presencial o telemático) y los plazos para su presentación.
Es decir, tienen todo el mes de abril para preparar la aplicación para solicitar este subsidio
Las trabajadoras no están acudiendo a casa de los empleadores, por lo tanto, no cobrarán.
La nómina de abril la haremos de un importe 0 pero cotizando por la base actual.
Habrá que esperar a que se pueda solicitar este subsidio.
El empleador no paga pero sí abona la cotización, que será cargada por la TGSS (a no ser que haya alguna novedad al respecto)
Y las empleadas cobrarán los 15 días que seguramente no han trabajado en marzo, y todo el mes de abril, el 10 de mayo. Un problemón para su economía.
Tengo entendido que no se puede hacer ERTE con las empleadas de hogar, únicamente esperar a este subsidio