Empresa sin autónomos

lubo

Miembro
Buenos días, una situación curiosa que le ha ocurrido a un compañero, tiene una sociedad civil con dos socios al 50 por ciento pero no está de alta ninguno de los dos en autónomos, porque en su día presentaron sendos escritos declarando que ellos no iban a trabajar, puesto tienen a dos trabajadores a tiempo completo, lo presentaron y con la seguridad social ningún problema.

Ahora tiene una inspección de trabajo y le dicen que al menos uno tendría que estar en autónomos, por lo que a mi me ha alarmado puesto tengo varios autónomos que están jubilados con la actividad de alta como personas físicas, pero que ellos evidentemente no trabajan y cubriendo tienen con trabajadores prestando servicios. En estos casos ¿será obligatorio estar de alta en autónomos? No me parecería logico. Tenía entendido que en caso de S.L. sí, pero en estos casos si tenias trabajadores que cubrieran la prestación de los servicios no. Muchas gracias y un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que es perfectamente posible que una empresa funcione sin autónomos. Cuando, por ejemplo, el administrador no ejerce actividad y, entonces, se ficha un alto directivo para que lleve las riendas.
 

lubo

Miembro
Y en este caso son empresas pequeñas que unos son jubilados y otros tienen sus propios trabajos aparte y quieren tener un negocio paralelo que sería incongruente tener que darse de alta en autónomos. Gracias Fernando
 

lubo

Miembro
Buenos días, conocéis alguna sentencia que pueda apoyar el tema de empresas sin autónomos, es porque tengo una inspección de una S.C. al respecto. Gracias. Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Aquí lo que suelen pedir, en todo caso, es un trabajador del grupo 1, que hará las funciones de gerencia.
 

lubo

Miembro
En este caso es una pequeña empresa de hostelería, más concretamente cervecería, con un encargado de establecimiento que hace las funciones de camarero (grupo 8) puesto no dan comidas. Gracias FERNANDO
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues aquí, me temo, que a alguien deberán de poner, para realizar las funciones de gerencia. Porque, si no, quién firma las nóminas, las facturas, etc...? No será el mismo trabajador... Pues ese que firma, se entiende, que debe ir a autónomos.
 

lubo

Miembro
Gracias FERNANDO. Yo no lo veo lógico, entiendo que en una empresa mediana de más empleados es exigible, pero en una pequeña empresa de uno o dos empleados no, es más tengo el caso de dos jubilados que tienen una librería y un bar y están cobrando la pensión de jubilación, y tienen un dependiente y un camarero encargados respectivamente, que son los que TRABAJAN EN EL NEGOCIO, y las nóminas lógicamente las firmará el propietario que es el que les paga, que por esto no creo que tenga que estar en autónomos. De estas empresas tengo presentado un escrito comunicando la situación y no he tenido problemas hasta esta Inspección. Un saludo
 

Federico

Nuevo miembro
Hola lubo, si puedes leete la Circular 5-028 de 14 de octubre de 1999 de la TGSS, sobre el tema

Un saludo
 

lubo

Miembro
Hola Federico, antes de nada muchas gracias por indicarme la circular

Acabo de leerla y por lo que veo la simple acción de firmar las nóminas o los contratos por parte del titular les obligaría continuar de alta en el RETA, situación que veo poco flexible en este caso de una libreria o un bar pequeño en el que los titulares se quieren jubilar. 

Un saludo
 
Arriba