ENCADENAMIENTO CONTRATOS OBRA

jcg73

Miembro activo
Empresa que realiza 3 contratos de obra (401) sucesivos a una administrativa:

del 1-9-10 a 30-06-11
del 1-9-11 a 30-6-12
y del 01-9-12 a 31-12-12

Ahora le dicen a la trabajadora que la tienen que dar de baja porque si no la tendrán que hacer fija; la empresa debe estar asesorada por alguien que le ha dicho lo del encadenamiento de 24 meses en un periodo de 30, pero ni siquiera le habrá comentado que esta medida está suspendida desde 1-9-11 hasta fin de este año. Da igual. Los 3 contratos tienen el mismo servicio indicado en el contrato, en todas las nóminas se le reconoce la primera antiguedad de 1-9-10, y en ningún finiquito se le ha pagado indemnización. Olé.

Veis como yo, claramente, que será un despido totalmente improcedente al estar indefinida (fija discontinua) desde el primer contrato ?
 

jcg73

Miembro activo
Al hilo de este caso, hoy he tenido el CMAC y de momento sin aveniencia, defiendo a la trabajadora y tengo la duda de que en caso de que el juez declare los contratos en fraude de ley se puede entender que el trabajo es ordinario e indefinido desde el primer contrato. Por lo tanto, puedo tomar en cuenta para el cálculo de la indemnización, incluso los periodos de inactividad (4 meses), o no???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues mira, a grandes rasgos, entiendo que sí; todo pues se ve que estamos hablando de una unidad contractual, teniendo los periodos de enmdio la única finalidad de evitar la fijeza del contrato y la acumulación de antigüedad a efectos de despido.
 

Ro

Miembro activo
Sin embargo al pasado ya tres meses entre uno y otro de los contratos, no hay sentencias que interrumpen la antigüedad a partir de ese período??
 

jcg73

Miembro activo
No Ro, entre uno y otro contrato hay dos meses de interrupción, que es justo el tiempo de inactividad de la academia, de ahí la pregunta : al no haber hecho de un principio un contrato indefinido a tiempo parcial, y ser los contratos en fraude de ley, puedo entender que el juez interpretará que se trata de un indefinido ordinario, es decir a jornada completa de manera que pueda tener en cuenta esos cuatro meses de inactividad para calcular la indemnización o no.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Precisamente esas interruciones justo por el periodo de verano (especialmente frecuentes en el sector de la Enseñanza, concidentes con el periodo vacacional) y que van sucediendose año tras año son el típico ejemplo del que podemos encontrar jurisprudencia considerándolos como celebrados en fraude de ley (al final se trata de cubrir una necesidad permanente, cada año durante todo el curso, y en que se aprovecha la época vacacional para tratar de extinguir la relación laboral y la antigüedad acumulada del curso anterior).

Al final se trata de analizar en cada caso si, a pesar de los sucesivos contratos, las interrupciones de varios meses, etc  se mantiene la unidad de vínculo laboral, si se trata de una actividad permanente, etc.

Como ya hemos dicho muchas veces, el criterio de presumir la unidad de vínculo y acumulación de antigüedad sólo en el caso de interrupciones que no excedan de 20 días hábiles (por ser el plazo para presentar la acción por despido) es sólo un referente (que también admite prueba en contra). Pero al final, repito, lo que cuenta es si se ha mantenido la unidad de vínculo o no y la posibilidad de apreciar fraude de ley en la contratación temporal.

Saludos

 

jcg73

Miembro activo
Pero es que además, en mi caso, la empresa le reconoce (por las nóminas) la antigüedad del primer contrato.
Es probable que sea mi primer juicio a no ser que me "obliguen" a conciliar así que, despues de leer vuestros comentarios, solicitaré la máxima indemnización y de paso, espero estrenarme con buen pie.
Gracias.
 

Ro

Miembro activo
Ya sé que las pequeñas interrupciones no descuentan antigüedad, de hecho ese tema ya lo hemos tocado más veces, yo desde luego reclamo siempre desde el inicio y pago también así. Pero como muchas veces veo muy rápido los temas, pensé que eran tres meses, y hay casos en los que a partir de 3 meses y si ha estado en otra empresa no se guarda la antigüedad. En este caso y si incluso en nómina figura la antigüedad del inicio, que más decir, si es blanco y en botella..
 

jcg73

Miembro activo
Pues espero que no me salga horchata....es que cuando lo ves tan claro, buscas lo que sea para que no te pille desprevenido,,,,
 
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