¿Y si el primer contrato en lugar de ser de 12 meses fuese de 24 y luego estubiese parado 6 meses, para despues de estos comenzar un segundo contrato de un año? En ese caso, no podremos contar un periodo de 30 meses consecutivos en los que se trabaje más de 24. Por tanto, no podría pasar a ser indefinido.
Esta pregunta es porque hay un gestor que dice que al contar hacia tras el periodo de los treinta meses estarás obligado a contabilizar tambien el resto de meses que se incluyen en ese mismo contratode trabajo aunque con ello se pase de los 30 meses. Lo cual a mi juicio no tiene ningún sentido pues entonces ya no te podría regir con la regla de que no se puede trabajar mas de 24 meses en un periodo de 30, que en ese caso ya serian de 42 meses. Entiendo que esta interpretación del articulo 15.5 del estatuto de los trabajadores no tiene cabida de ninguna forma. ¿O tienen costancía de que algún juez o alguien allá realizado esa interpretación, que le daría al trabajador la situación de indefinido, con esos periodos trabajados?