Encuadramiento autonomo

MARIA88

Miembro
Os cuento el caso que tengo:

Marido 72% de la SL
ESposa 28% de la SL

Ambos son administradores solidarios segun escritura del año 98
En el año 1999 el marido se da de baja en autónomos.

La mujer sigue de alta en autonomos ,aunque siempre estuve de alta como autonomo de otra sociedad que tiene.Mi pregunta es,si vinculo el atónomo de la esposa a la sociedad en la que tiene l 28%, ¿Seria obligatorio dar de lata también al marido en autónomos?

Por favor decidme algo,ya que me temo, que si tuviese obligación de dar de alta al autónomo me pediran 4 años hacia atras...

Lo que no entiendo es como en la Tesoreria en el año 99 le dejaron darse de baja...??'

Muchisimas gracias a tod@s

 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver; si trabaja debe estar dado de alta en autónomos por fuerza. Le dieron de baja porque, quizás, no declaró en su día dicha actividad.
 
¿Puedes acreditar que el marido NO PRESTA NINGUN SERVICIO A LA EMPRESA (tiene otro trabajo, alguna prestación de SS, existe personal cualificado que sustituya las gestiones del administrador en la sociedad, etc) y que es un mero "inversor"? La carga de la prueba es tuya, caso contrario al RETA.
 

Clo

Nuevo miembro
Uis, yo también veo rarísimo que le aceptaran la baja en reta siendo administrador!
Como idea nueva a aportar, suscribiendo las de los compañeros, se me ocurre declaración jurada ante notario de que esta persona cesó como administrador en aquella fecha pero que por ... no se tramitó el cambio...
No se si te podría valer de algo...

saludos,
 
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