Encuadramiento cónyuge

Buenos días.

Administrador solidario, posee un 20% de las participaciones. Tiene una relación con una empleada y van a casarse. Entiendo que la empleada puede seguir en régimen general, no?

Un saludo.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

En relación a este tema, si va a ser una subrogación me explico autónoma que tiene contratada a su nuera, ahora están valorando hacer una Sociedad Limitada en la cual su hijo que es el marido de la persona que tiene contratada va a tener un porcentaje de participación que aún no tienen claro cual será, ¿se puede mantener el contrato en el régimen general ? ¿Tendría derecho a desempleo?

Un saludo.
 

Wastual

Miembro conocido
- En la actualidad: familiar de segundo grado por afinidad (nuera) y que además (supongo) no convive con la autónoma persona física-> en efecto, correctamente encuadrada dentro del RGSS.

- Ahora, el cónyuge de esta (esto es lo determinante) será un nuevo socio tras la "reorganización jurídica de la forma del negocio" que se plantea realizar. La nuera supongo que seguirá sin ser socia.

Por tanto, la clave, en efecto, es la cuota de capital que ostentará "el hijo" (que se desconoce por el momento): como una de las personas contratadas es su esposa (con la que sí convive), entonces, la única manera de que pueda continuar con el alta en el RGSS mediante una relación laboral (contrato de trabajo) es que no llegue a ostentar la mitad del capital social.
 
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