Estoy estudiando un caso de encuadramiento un poco lioso . Me podríais dar vuestra opinión. Se trata de un sociedad limitada en la cuál hasta este mes de enero, había tres socios ( matrimonio e hija, la hija no convive con el matrimonio). El matrimonio tenía el 99% de la sociedad y la hija el 1% y era administradora . Hasta ahora ella tenía una nómina con contrato contrato de alta dirección con el 35% de retención y en el régimen general asimilado.
A partir de el mes de enero de acuerda un Pacto de mejora y los padres le pasan en vida todas sus participaciones a la hija. (Tendrá todas las participaciones y será administradora) Ahora entiendo que ya va de cajón al régimen de autónomos y con nomina como tal.
Por otro lado, esta empresa es propietaria de una sociedad anónima, en la cual los padres tienen el 99% y la hija el 1%. Es administradora, pero el cargo no es retribuido y tuvo siempre un contrato con un 15% de jornada como administrativa ( hace alguna horas puntuales en la oficina ) en régimen general asimilado.
A partir de aquí, se genera mi duda, ahora con el PACTO DE MEJORA que se acaba de firmar, como la SA es propiedad de la SL, entendéis que la tendría que dar de baja en régimen general asimilado a la Hija, se que en la SA no tiene participación suficiente para ir al régimen especial, pero al mismo tiempo ahora ella es propietaria de esta sociedad, ya que la SL es propietaria de la SA. Buff, menudo lío.
A partir de el mes de enero de acuerda un Pacto de mejora y los padres le pasan en vida todas sus participaciones a la hija. (Tendrá todas las participaciones y será administradora) Ahora entiendo que ya va de cajón al régimen de autónomos y con nomina como tal.
Por otro lado, esta empresa es propietaria de una sociedad anónima, en la cual los padres tienen el 99% y la hija el 1%. Es administradora, pero el cargo no es retribuido y tuvo siempre un contrato con un 15% de jornada como administrativa ( hace alguna horas puntuales en la oficina ) en régimen general asimilado.
A partir de aquí, se genera mi duda, ahora con el PACTO DE MEJORA que se acaba de firmar, como la SA es propiedad de la SL, entendéis que la tendría que dar de baja en régimen general asimilado a la Hija, se que en la SA no tiene participación suficiente para ir al régimen especial, pero al mismo tiempo ahora ella es propietaria de esta sociedad, ya que la SL es propietaria de la SA. Buff, menudo lío.