Buenos días, una hija de socios administradores que es menor de 30 años y está encuadrada en el RETA. Convivía con sus padres, los cuales tienen el 100% de las participaciones... digo que convivía porque lo ha hecho hasta ahora mismo, ya que se va a independizarse a plenos efectos.
Les he dicho que es obligatorio que la hija pase a Régimen General, pero ellos están empeñados que eso no tiene por qué ser así, y que su hija debe continuar como autónomo. ¿ Estoy en lo cierto yo, no? Estoy convencido porque la ley lo excluye del RETA y por todo lo que se hablado en este foro al respecto, que no es poco, pero ya no sé que pensar con tanta insistencia. Si no fuera así, decídmelo por favor. Y también de qué manera se lo puedo explicar mejor, porque ya no sé como hacérselo entrar en la cabeza.
Gracias.
Les he dicho que es obligatorio que la hija pase a Régimen General, pero ellos están empeñados que eso no tiene por qué ser así, y que su hija debe continuar como autónomo. ¿ Estoy en lo cierto yo, no? Estoy convencido porque la ley lo excluye del RETA y por todo lo que se hablado en este foro al respecto, que no es poco, pero ya no sé que pensar con tanta insistencia. Si no fuera así, decídmelo por favor. Y también de qué manera se lo puedo explicar mejor, porque ya no sé como hacérselo entrar en la cabeza.
Gracias.