HOla,tengo una duda. Una SL donde el 100% del capital está dividido de la siguiente manera: el 50% a uno de los socios, que es administrador y está en el régimen de autónomos; el restante 50 % del capital, está en posesión de un socio no trabajador y no figura de alta, ahora se quiere nombrar a un tercer socio que ostente el cargo de administrador mancomunado junto con el ya existente, en este caso, ¿en qué régimen debería de estar, en autónomos o genral?. Gracias.