Una conocida me contaba este fin de semana que ella es administradora de una s.l. y tiene más del 50% de las participaciones. Ha contratado a su marido en régimen general, para que tenga derecho a desempleo.
Yo le dije que para mí eso no era correcto, que el encuadramiento correcto es reta, al tener con su mujer el control efectivo de la sociedad.
Además, pienso que va a tener problemas para cobrar la prestación por desempleo al haber convivencia, presumiendo fraude de ley.
Y aparte de que para mí es más correcto reta, además es que le sale muchísimo más barato! Por la misma base de cotización pasas de pagar el 29,9% en reta, al 40% en régimen general!
¿Qué opináis? Gracias y saludos,
Yo le dije que para mí eso no era correcto, que el encuadramiento correcto es reta, al tener con su mujer el control efectivo de la sociedad.
Además, pienso que va a tener problemas para cobrar la prestación por desempleo al haber convivencia, presumiendo fraude de ley.
Y aparte de que para mí es más correcto reta, además es que le sale muchísimo más barato! Por la misma base de cotización pasas de pagar el 29,9% en reta, al 40% en régimen general!
¿Qué opináis? Gracias y saludos,