AntonioPA4
Nuevo miembro
Buenas tardes,
Una sociedad francesa ha abierto una sociedad filial en España, de la que es titular del 100% del capital social. Ha designado como administrador a un trabajador que presta servicios para la empresa matriz en Francia. El cargo es gratuito, y este señor no va a trabajar para la sociedad española, pues seguirá trabajando en Francia.
Mi pregunta es ¿Estaría encuadrado en algún régimen a efectos de la Seg Social española por ser administrador?
Un saludo y gracias de antemano
Una sociedad francesa ha abierto una sociedad filial en España, de la que es titular del 100% del capital social. Ha designado como administrador a un trabajador que presta servicios para la empresa matriz en Francia. El cargo es gratuito, y este señor no va a trabajar para la sociedad española, pues seguirá trabajando en Francia.
Mi pregunta es ¿Estaría encuadrado en algún régimen a efectos de la Seg Social española por ser administrador?
Un saludo y gracias de antemano