Hola,
permitidme una consulta:
veo que el art. 53 del ET señala la obligación de entregar al comité de empresa copia del escrito de preaviso en los casos de despidos objetivos por amortización de puesto de trabajo (y el no hacerlo acarrea la nulidad del despido, pareciable de oficio)
¿tenéis contrastado con qué rigor se exige el cumplimiento de este requisito?
En el caso de que os hayais encontrado ante un despido de este tipo ¿le habéis entregado siempre esa copia al comite?
¿cúando se supone que hay que entregarla? ¿De forma casi simultánea?
En fin, a ver si alguno de vosotros, más currado que yo con este tipo de despidos me puede echar un cable.
Gracias y un saludo
permitidme una consulta:
veo que el art. 53 del ET señala la obligación de entregar al comité de empresa copia del escrito de preaviso en los casos de despidos objetivos por amortización de puesto de trabajo (y el no hacerlo acarrea la nulidad del despido, pareciable de oficio)
¿tenéis contrastado con qué rigor se exige el cumplimiento de este requisito?
En el caso de que os hayais encontrado ante un despido de este tipo ¿le habéis entregado siempre esa copia al comite?
¿cúando se supone que hay que entregarla? ¿De forma casi simultánea?
En fin, a ver si alguno de vosotros, más currado que yo con este tipo de despidos me puede echar un cable.
Gracias y un saludo