Perdona, pensaba que hablabas en caso de ERTE, me dejas un poco fuera de juego. De todos modos en el menú Certific@2 ponen que son para ERE. Échales un vistazo. Sabiendo lo que sé hoy yo dejaría enviado cualquier cosa que se pueda enviar, sobre todo con el SEPE.MACALENA dijo:Rapaz, pero, ¿debe comunicarse tanto la apertura como los periodos de actividad en caso de ERE? Nayade habla de ERE (extinción), no de ERTE (suspensión).