Buenos noches,
acabo de ver que se ha alcanzado un preacuerdo para el convenio de la construcción de Bizkaia y ahora tengo una duda.
Llevo una empresa que encadena distintos eres de suspensión desde mediados de 2011.
El convenio que se va a publicar reconoce subidas salariales para 2012.
Entonces, yo calcularé las nóminas de los días que han trabajado en 2012 con los nuevos importes que reconoce el convenio, abonaré las diferencias y las cotizaré pero entiendo que respecto a los períodos de suspensión no tengo que hacer nada ¿ correcto?
Es decir, las bases que se tuvieron en cuenta para el reconocimiento de la prestación fueron las de los primeros meses de 2011 que no van a sufrir modificación, y con cada nuevo ere los trabajadores reanudan la prestación reconocida en el inicio por lo que el hecho de incrementar las bases de cotización por los períodos trabajados no influye en las bases de los días de inactividad de 2012 ¿ voy bien?
acabo de ver que se ha alcanzado un preacuerdo para el convenio de la construcción de Bizkaia y ahora tengo una duda.
Llevo una empresa que encadena distintos eres de suspensión desde mediados de 2011.
El convenio que se va a publicar reconoce subidas salariales para 2012.
Entonces, yo calcularé las nóminas de los días que han trabajado en 2012 con los nuevos importes que reconoce el convenio, abonaré las diferencias y las cotizaré pero entiendo que respecto a los períodos de suspensión no tengo que hacer nada ¿ correcto?
Es decir, las bases que se tuvieron en cuenta para el reconocimiento de la prestación fueron las de los primeros meses de 2011 que no van a sufrir modificación, y con cada nuevo ere los trabajadores reanudan la prestación reconocida en el inicio por lo que el hecho de incrementar las bases de cotización por los períodos trabajados no influye en las bases de los días de inactividad de 2012 ¿ voy bien?