ERE y situacion posterior...

Anonimo

Nuevo miembro
Hola, saludos a tod@s!,

Ando un poco perdido y preocupado al mismo tiempo. A ver si aqui encuentro algo de informacion. Planteo la situacion:

Empresa con varias sucursales. XX empleados en total, X de ellos incluidos en un ERE temporal de reduccion de jornada aprox -1/X (de un año de duracion). Aprobado hace escasamente 2  meses. La empresa va peor, en concreto la sucursal donde yo trabajo (aunque por contrato estoy  obligado a trabajar en cualquiera de la otras sucursales si fuera preciso). Mis dudas. (perdon si son demasiadas..)

.- En caso de cierre de nuestra sucursal y despido correspondiente ¿la antigüedad y la paternidad se han de tener en cuenta o es totalmente a decision de la empresa?
.- Siendo un ERE temporal de reduccion de jornada durante un año, ¿es "claramente licito" despedir estando apenas 2 o 3 meses en el ERE?....¿No se suponia que la empresa se compromete a conserver tu puesto de trabajo durante el ERE por al menos 6 meses....)

En base a esto ultimo y, si al final se produce el despido, ¿se puede reclamar mas de los 20 dias de indemnización (mi contrato es de 33, fomento creo), alegando un abaratamiento encubierto del despido?**

.- Y para finalizar, de momento....,
En caso de traspaso de la sucursal a otra empresa (subrogacion), supongo que el ERE ha de anularse..., la decision de que trabajadores se verian subrogados es uinicamente de la empresas.
**¿Si la empresa que absorbe no quiere la antiguedad de la plantilla, la empresa que "vende" debería liquidar a los empleados?...¿volveriamos a la duda escrita mas arriba?.

Para empezar creo que basta...
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Claro que se tiene en cuenta la antigüedad a efectos de despido.

2.- La empresa no tiene por qué aguantar el ERE temporal. Si quiere extinguir contratos, hace otro y punto,.

3.- En caso de que se apruebe el ERE tienes 20 días  a no ser que se pacte más cantidad o la empresa pague más.

En caso de absorción el ERE no tiene por qué anularse. Eso sí, si te coge la que absorbe te deben resptetar antigüedad.
 

Anonimo

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
1.- Claro que se tiene en cuenta la antigüedad a efectos de despido.

2.- La empresa no tiene por qué aguantar el ERE temporal. Si quiere extinguir contratos, hace otro y punto,.

3.- En caso de que se apruebe el ERE tienes 20 días  a no ser que se pacte más cantidad o la empresa pague más.

En caso de absorción el ERE no tiene por qué anularse. Eso sí, si te coge la que absorbe te deben resptetar antigüedad.

1. Me refiero a la prioridad de trabajadores a no ser despedidos...
2. ¿Ese otro ERE que en este caso seria de extincion.¿Toma como base el salario del ERE anterior o el salario normal antes de ningun ERE?, porque si toma como base el salario del ERE anterior......esto es un cachondeo...

Si el ERE se aprueba para una empresa que esta en una determinada situacion economica, y esa empresa es absrobida por otra que tiene otra situacion economica (digamos, ..solvente), como  es posible que el ERE se mantenga...no tiene mucho sentido, en mi opinion..
gracias por contestar
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Aquí no hya prioridad  alguna.

El salario es el que percibes en el momento del despido. Nada tiene que ver la reducción de jornada.

Si hay dificultades organizativas o técnicas en una parte determinada de la empresa, ý tanto que procede el ERE.
 
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