ERE

Ana Maria

Miembro
La consulta es la siguiente:

En periodo de consultas se llega a acuerdo entre empresa y trabajadores, acordando la extinción de lo contratos de trabajo y haciendo un cálculo de indemnizaciones, etc.

Si el juzgado mercantil aprueba el ere...la extinciones operarían con efectos retroactivos?es decir, lo serían con la fecha del acuerdo presentado ante el juzgado?o es a partir de la misma cuando pueden extinguir los contratos, con fecha de efectos desde que se produzcan?un saludo.

 

Ana Maria

Miembro
¿Seguro?he comentado con un inspector, y me decia que si era posible que se aprobase con efectos retroactivos...aunque ellos tambien se equivocan...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, si las partes lo pactan, sería diferente. Me miré la ley, y existen diferencias con el ERE común. Y una de ellas habla de que el juez aprueba el pacto, pero no como en el ERE común donde la autoridad laboral permite las extinciones.
 

Ana Maria

Miembro
Ahí creo que esta la clave, que exactamente la ley concursal dice eso, que el juez aprobará o nó a través de un auto ese acuerdo, en los términos que se haya realizado. En fín, ya lo veré y te contaré, estoy a la espera de dicho auto. Gracias, un saludo.
 
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