ERTE limitación

DavidGA

Miembro activo
Buenas

De una empresa se tramitó ERTE FM en marzo y se presentó renuncia ante la autoridad laboral en junio.

1-Al haber renunciado, ahora sólo es posible tramitar un ERTE por limitación, verdad?(en este caso es por limitaciones sanitarias de aforo y horario impuestas por la comunidad autónoma el día 13/11/20)

2- Si constatan la fuerza mayor, y luego no presento luego DR en la Seguridad Social para las exoneraciones, evitaría el nuevo periodo mantenimiento de empleo de 6 meses? o creéis que solicitar un ERTE por limitación implica obligatoriamente que hay que aplicar las exoneraciones? A mi entender no, porque el Art 2.2 del RD 30/20 dicen "podrán beneficiarse" entiendo que puedes aplicar las exoneraciones o no, pero no estoy completamente seguro.

Saludos
 

VILA100

Miembro conocido
En mi opinión

1. Que remedio...FM limitación/ impedimento según de dura sea la medida
2. Si. Es una opción con obligación acarreada, por tanto, sin una tampoco la otra

Salu2
 

Iker

Miembro
David AG dijo:
2- Si constatan la fuerza mayor, y luego no presento luego DR en la Seguridad Social para las exoneraciones, evitaría el nuevo periodo mantenimiento de empleo de 6 meses? o creéis que solicitar un ERTE por limitación implica obligatoriamente que hay que aplicar las exoneraciones? A mi entender no, porque el Art 2.2 del RD 30/20 dicen "podrán beneficiarse" entiendo que puedes aplicar las exoneraciones o no, pero no estoy completamente seguro.

Saludos

Mi opinión es que no es obligatorio bonificarse la seguridad social si no quieres. A mi entender es algo potestativo de la empresa y, de llevarse a cabo, acarrearía la salvaguarda de empleo. De lo contrario no. La empresa no se ha beneficiado de nada. Y si yo no te doy, tú no me das...

Salvo mejor opinión

Saludos
 

Nana

Miembro conocido
Iker dijo:
David AG dijo:
2- Si constatan la fuerza mayor, y luego no presento luego DR en la Seguridad Social para las exoneraciones, evitaría el nuevo periodo mantenimiento de empleo de 6 meses? o creéis que solicitar un ERTE por limitación implica obligatoriamente que hay que aplicar las exoneraciones? A mi entender no, porque el Art 2.2 del RD 30/20 dicen "podrán beneficiarse" entiendo que puedes aplicar las exoneraciones o no, pero no estoy completamente seguro.

Saludos

Mi opinión es que no es obligatorio bonificarse la seguridad social si no quieres. A mi entender es algo potestativo de la empresa y, de llevarse a cabo, acarrearía la salvaguarda de empleo. De lo contrario no. La empresa no se ha beneficiado de nada. Y si yo no te doy, tú no me das...

Salvo mejor opinión

Saludos

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