ERTE Reducción de jornada por fuerza mayor DANA

bunbukybcn

Miembro
Tengo unas dudas para hacer un ERTE de fuerza mayor de reducción de jornada por la DANA:

1. la reducción de jornada entiendo que ha de ser entre un 10% y un 70%.
2. La parte bonificada de los ERTES en la S.Social al 100% sería de la parte que no trabaja, la parte que trabaja cotizaría igual
3. La empresa puede complementar el sueldo en nómina como si trabajara la misma jornada?

Gracias.
 

Alexia

Miembro activo
1. Sí
2. Sí, solo se bonifica la parte de la jornada suspendida.
3. Sí, pueden complementar el salario y ese complemento no cotiza, porque la cotización durante el ERTE será por la base reguladora.
Pero espera mejor a la semana que viene, a que publiquen lo relativo a los ERTE ocasionados por la Dana.
Mucho ánimo!!!
 
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