Hola Carla
Según criterio de la Dirección General de Trabajo la empresa deberá mantener durante 6 meses a los trabajadores que han estado en el ERTE, es decir, a los que han cobrado la prestación por desempleo. No se tendrán en cuenta las bajas en la empresa por causas ajenas a la empresa (fin de contrato de obra o servicio con fecha de finalización, baja voluntaria, jubilación, incapacidad permanente, despido procedente reconocido...)