BELEN dijo:Buenos días:
Tengo vivo un ERTE ETOP desde 1 de abril y desde el comienzo estoy remitiendo, los períodos de actividad por el sistema "antiguo" y en el mes corriente (lo suelo hacer el día 25 del mismo mes en cuestión) y hasta junio perfecto, algún retraso pero bien. Ayer me han dicho que no ha cobrado nadie nada mas, asique ya les deben julio y agosto claro.
Aprovecho para saludar y presentarme, y dar las gracias a todos los foreros por tanta información que tantas veces me "ha salvado la vida".
Un saludo
toni dijo:BELEN dijo:Buenos días:
Tengo vivo un ERTE ETOP desde 1 de abril y desde el comienzo estoy remitiendo, los períodos de actividad por el sistema "antiguo" y en el mes corriente (lo suelo hacer el día 25 del mismo mes en cuestión) y hasta junio perfecto, algún retraso pero bien. Ayer me han dicho que no ha cobrado nadie nada mas, asique ya les deben julio y agosto claro.
Aprovecho para saludar y presentarme, y dar las gracias a todos los foreros por tanta información que tantas veces me "ha salvado la vida".
Un saludo
Bienvenida...
Asi estamos muchos, gente que a cobrado poco y mal desde julio y gente que aun no ha cobrado.
NOEMI dijo:bienvenida belen, para lo que necesites aquí estamos
Te refieres a que habría que mandar el Excel verde antiguo? En el que en vez de poner jornada no trabajada, se ponía claves: 1, 3,4, 5....?DANIEL dijo:Macalena, es posible que sea por algo que nuestra apreciada compañera del foro Saralaboral2, indicó en un resumen de una charla del sepe de Barcelona del 15 de julio
Este es el enlace al foro
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=26488.msg121305#msg121305
Es el segundo punto, el que empieza por MUY IMPORTANTE, SI HAS ENVIADO....
Creo que si el Sepe ya tenía reconocida la prestación como reducción de jornada, con su porcentaje correcto de reducción, y la situación se ha mantenido inalterada desde el principio......
Si no se habían enviado anteriormente los períodos de actividad, no se tenían que enviar.
Si sí se habían enviado anteriormente los períodos de actividad, había que seguir enviándolos, pero no por el sistema de DEA días equivalentes de actividad, sino por la inactividad completa (en este punto he tenido dudas desde el principio, hice varias a consultas a Beres Sepe y no me contestaban; por fin me han contestado diciendo que "entienden" que es así)
DANIEL dijo:No, me estoy refiriendo a cómo enviar los períodos de actividad
Según la nueva guía tras el RD 24-2020, ante el primer cambio de situación en la que el trabajador está en situación de reducción de jornada (tanto por pasar de suspensión a reducción, como por variar el porcentaje de reducción), hay que comunicar situación de suspensión desde el día 1, sin indicar el porcentaje de reducción, y posteriormente enviar periodos de actividad con los días equivalentes de trabajo (el rollo ese)
Pero la cuestión es: ¿qué pasa con reducciones de jornada ya comunicadas anteriormente, con el sistema anterior, en el que ya se ha comunicado el porcentaje de reducción?
Si la situación original no ha cambiado, entiendo que no hay que enviar los periodos de actividad con el cálculo de los días de trabajo equivalente, sino como inactividad total (para los que nos veamos obligados a presentarlo por haberlo hecho desde un principio)
Si en un desempleo ya reconocido como de reducción con su porcentaje correspondiente, se presentan períodos de actividad con los días de trabajo equivalente parece que el sistema aplica reducción sobre la reducción