Hola,
Nos encontramos con un caso de un estudiante con un visado para trabajar 30h. El tema es que el visado le caduca y ha empezado los trámites para pedir el permiso para trabajar por cuenta ajena en España (ya ha finalizado lo estudios). Ha aportado a la empresa documentación de representación de su abogado y el pago de la tasa. Desde mi departamento legal, niegan que esa documentación se tenga que firmar por nuestra parte. También comentan que nunca antes han tenido que firmar ningún documento de representación ni de tasas.
¿Esto es así? ¿Tenemos que firmar? ¿No tenemos que firmar?
Gracias!!!!
Nos encontramos con un caso de un estudiante con un visado para trabajar 30h. El tema es que el visado le caduca y ha empezado los trámites para pedir el permiso para trabajar por cuenta ajena en España (ya ha finalizado lo estudios). Ha aportado a la empresa documentación de representación de su abogado y el pago de la tasa. Desde mi departamento legal, niegan que esa documentación se tenga que firmar por nuestra parte. También comentan que nunca antes han tenido que firmar ningún documento de representación ni de tasas.
¿Esto es así? ¿Tenemos que firmar? ¿No tenemos que firmar?
Gracias!!!!