Buenas tardes,
Tengo algunas dudas despues de la reforma sobre las excedencias y a ver si me podeis ayudar.
Tenemos una trabajadora que nos pide una excedencia voluntaria por cuidado de hijos por un periodo de 3 años (hijos de 8 años y 4 años). ¿3 años sería el periodo máximo o 2 ? Si esta persona supongamos que a los 10 meses quisiera incorporarse a la empresa, estaríamos obligados a reservarle el puesto de trabajo?
¿Este tiempo de excedencia se tendría en cuenta para la antigüedad?
Muchas gracias y saludos
Tengo algunas dudas despues de la reforma sobre las excedencias y a ver si me podeis ayudar.
Tenemos una trabajadora que nos pide una excedencia voluntaria por cuidado de hijos por un periodo de 3 años (hijos de 8 años y 4 años). ¿3 años sería el periodo máximo o 2 ? Si esta persona supongamos que a los 10 meses quisiera incorporarse a la empresa, estaríamos obligados a reservarle el puesto de trabajo?
¿Este tiempo de excedencia se tendría en cuenta para la antigüedad?
Muchas gracias y saludos