¿Se trata de una excedecia con reserva de puesto de trabajo?
Si es una excedencia voluntaria y sin ningún compromiso de reincorporación, Y SI DESDE ENTONCES NO HA TRABAJADO EN OTRA EMPRESA en la que haya cesado en circunstancias que supongan estar en situación legal de desempleo, en la medida en que la empresa a la que solicito excedencia no tenga vacante adecuada, por tanto, no pueda exigir la reincorporación, NO ESTA EN SIUACION LEGAL DE DESEMPLEO (de alguna manera se considera esa excedencia como una baja voluntaria a estos efectos), por tanto, no tiene derecho a la prestación
Si trabajó en otra empresa y cesó en circunstancias que le supongan estar en situacion legal de desempleo y solicita la prestación (pero, repito, al existir esa otra relacion laboral posterior de la que a cesado en esas circunstancias) el servicio público de empleo, en la medida en que tenga conocimiento de la existencia de esa excedencia anterior, y aunque aún no haya finalizado su término, le exigirá que solicite a la empresa la reincorporación y sólo si acredita que ésta no ha sido posible, le concederan la prestación.
Si no ha existido esa realción laboral posterior tras el inicio de la excedencia, solamente si tiene reserva del puesto de trabajo y la empresa le niega la reincorporacion, o bien, aun sin esa reserva, puede discutirse la inexistencia de vacantes alegada por la empresa para no riencorporarlo, es decir, en la medida en que el trabajador excedente pueda demandar a la empresa que se niega a su reincorporacion por despido y éste sea confirmado, estará e situacion legal de desempelo que le permita solicitar la prestación (sin reúne, además, el requisito de tiempo cotizado, claro)
Saludos