TRABAJADORA QUE DESDE EL 02/02/2010 ESTA EN SITUACIÓN DE EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS QUE FINALIZA EL 31/08/2010.
A PRIMEROS DE JULIO COMUNICA A LA EMPRESA SU NO REINCORPORACIÓN Y BAJA VOLUNTARIA DE LA MISMA CON FECHA DE SU REINCORPORACIÓN, ESTO ES, EL 31/08/2010.
CREEIS QUEDEBOD E ABONARLE LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS DURANTE EL PERIODOD E EXCEDECNIA? O SI SE REINCORPORASE PERMITIRLE EL DISFRUTE POR ESE PERIODO?
ÝO CREO QUE EL TEMA DE "ASIMILADA AL ALTA" NO LO ES A ESTOS EFECTOS PERO QUISERA SABER VUESTRA OPRINION.
GRACIAS
A PRIMEROS DE JULIO COMUNICA A LA EMPRESA SU NO REINCORPORACIÓN Y BAJA VOLUNTARIA DE LA MISMA CON FECHA DE SU REINCORPORACIÓN, ESTO ES, EL 31/08/2010.
CREEIS QUEDEBOD E ABONARLE LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS DURANTE EL PERIODOD E EXCEDECNIA? O SI SE REINCORPORASE PERMITIRLE EL DISFRUTE POR ESE PERIODO?
ÝO CREO QUE EL TEMA DE "ASIMILADA AL ALTA" NO LO ES A ESTOS EFECTOS PERO QUISERA SABER VUESTRA OPRINION.
GRACIAS