Exceso de horas anuales en caso de paternidad

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes
El convenio e oficinas y despachos de Cataluña establece una jornada anual de 1.772 horas, por lo que tienen un exceso de 28 horas según el calendario laboral de 2019.
En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, será en proporción a su jornada. Por ejemplo, si realizan 30 horas a la semana el exceso de horas será de 21

¿Qué sucede en caso de paternidad para un trabajador a tiempo completo?
¿Tendrá también 28 horas de exceso como si hubiera trabajado todo el año?
¿Se descuentan las 5 semanas (35 días) a la hora de hacer el cálculo?

Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Hay alguna sentencia de juzgado que dice que el tiempo de paternidad no computa como tiempo de trabajo efectivo a los efectos ahora pretendidos del disfrute de días de descanso por exceso de horas en jornada anual)...también hay una sentencia del TJUE diciendo que va más allá y dice que la paternidad no cuenta para vacaciones...

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/10/04/legal/1538645708_842967.html
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo haría la prorrata: si el máximo horas anuales son 1800 y ha estado 6 meses de it + maternidad,. pues divido entre dos y aplico 900 horas como límite máximo. Estas sentencias del TSJCE cada día me descolocan más. Sin embargo, la sentencia de 2018, habla de permiso parental refiriéndose a la excedencia por cuidado de hijo.
 

Mr. White

Miembro activo
Cierto, Fernando, acabo de leer la sentencia y es como dices, habla de permiso parental - que no paternal- y me ha liado...

De hecho es una mujer, la Sra. Dicu, la que primero disfrutó de la baja maternal (nuestra maternidad) y luego de permiso parental (que es nuestra excedencia por cuidado de hijo) y pide que lo segundo compute como tiempo de trabajo efectivo de cara a vacaciones... y le han dicho que tururú...
 
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