Buenas tardes
El convenio e oficinas y despachos de Cataluña establece una jornada anual de 1.772 horas, por lo que tienen un exceso de 28 horas según el calendario laboral de 2019.
En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, será en proporción a su jornada. Por ejemplo, si realizan 30 horas a la semana el exceso de horas será de 21
¿Qué sucede en caso de paternidad para un trabajador a tiempo completo?
¿Tendrá también 28 horas de exceso como si hubiera trabajado todo el año?
¿Se descuentan las 5 semanas (35 días) a la hora de hacer el cálculo?
Gracias
El convenio e oficinas y despachos de Cataluña establece una jornada anual de 1.772 horas, por lo que tienen un exceso de 28 horas según el calendario laboral de 2019.
En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, será en proporción a su jornada. Por ejemplo, si realizan 30 horas a la semana el exceso de horas será de 21
¿Qué sucede en caso de paternidad para un trabajador a tiempo completo?
¿Tendrá también 28 horas de exceso como si hubiera trabajado todo el año?
¿Se descuentan las 5 semanas (35 días) a la hora de hacer el cálculo?
Gracias