Buenos días
Según el convenio de oficinas y despachos de Cataluña un trabajadora debe realizar 1.772 horas al año. Según esto, cada trabajador tiene un exceso de 28 horas al año que la empresa distribuye en 1 día festivo (8 horas) y 1 hora menos cada viernes durante 20 viernes en período estival.
Dos opciones:
a) Trabajador que hace un día festivo un viernes
b) Trabajador está de baja médica un viernes
En ambos casos, ¿la empresa debería regularizar esa hora de menos no disfrutada para que el trabajador disponga de ella en otra jornada?
Según el convenio de oficinas y despachos de Cataluña un trabajadora debe realizar 1.772 horas al año. Según esto, cada trabajador tiene un exceso de 28 horas al año que la empresa distribuye en 1 día festivo (8 horas) y 1 hora menos cada viernes durante 20 viernes en período estival.
Dos opciones:
a) Trabajador que hace un día festivo un viernes
b) Trabajador está de baja médica un viernes
En ambos casos, ¿la empresa debería regularizar esa hora de menos no disfrutada para que el trabajador disponga de ella en otra jornada?