Hola a todos, en especial a Fernando, una pregunta quería hacer a los compañeros, si se produce un despido de un trabajador con un contrato bonificado RECONOCIENDO la empresa la improcedencia ésta queda excluida por un período de doce meses de las bonificaciones afectando a tantos contratos bonificados como despidos reconocidos improcedentes realizados, es decir, si despido con reconocimiento, quedo fuera durante doce meses de bonificarme otro... pero ¿ qué otro ?
Uno que ya me esté bonificando o el próximo alta sobre el que tenga derecho a bonificación??
Si es uno que ya me esté bonificando, ¿cuál de ellos? ¿el más antiguo, el que más bonificación tenga?
Por último, la reforma del 2001 no establecía el reconocimiento para casos de exclusión, la del 2006 si lo recoge, por tanto, la pregunta es ¿ las causas de exclusión del 2001 están derogadas o siguen afectando a los contratos realizados con aquel plan?.
Uno que ya me esté bonificando o el próximo alta sobre el que tenga derecho a bonificación??
Si es uno que ya me esté bonificando, ¿cuál de ellos? ¿el más antiguo, el que más bonificación tenga?
Por último, la reforma del 2001 no establecía el reconocimiento para casos de exclusión, la del 2006 si lo recoge, por tanto, la pregunta es ¿ las causas de exclusión del 2001 están derogadas o siguen afectando a los contratos realizados con aquel plan?.