Exoneración de cuotas Disposición Adicional Sexta

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
En caso de incumplimiento del nivel de empleo durante los 6 meses tras ERTE (la famosa Disposición Adicional Sexta), la devolución de las cuotas exoneradas sería ¿sólo del trabajador despedido o de todos los trabajadores que se han beneficiado de la exoneración de cuotas?
 

LABOR

Miembro activo
Yo creo que ese es uno de los temas que tendrá que aclararse en breve; yo no lo tengo claro.
 

msalem

Miembro
la D.A.6ª apart.5 habla de "reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas", no especifica que sea solo del trabajador despedido por lo que entiendo que sea al total.
 

Argi

Miembro conocido
Pues a mí me tiene  esto en vilo. Me preocupa especialmente  lo relativo a la finalización de aquellos ccontratos temporales cuya duración expiraba durante el Erte. Como hagamos mal los cálculos de lo que se tiene que prorrogar el contrato...igual le cae una gorda a la empresa y por derivación a los tontos del bote (nosotr@s)
A día de hoy no hay ninguna instrucción de si hay que notificar el periodo que se aumente el contratoal SEPE, por Contrat@....
 

NOEMI

Miembro conocido
así es Argi,como le pongamos un día de mas.... espero que de aquí a entonces me haya tocado la lotería y les haya mandado a todos a tomar por ahí...
 

Santiago

Miembro conocido
Ayer en una Webinar se comentó que sería únicamente del trabajador por el que la empresa incumple el compromiso, pero está claro que hasta que no haya una resolución o comunicación de la administración al respecto va a existir esta duda.
 

Ferinho

Miembro activo
SANTIAGO dijo:
Ayer en una Webinar se comentó que sería únicamente del trabajador por el que la empresa incumple el compromiso, pero está claro que hasta que no haya una resolución o comunicación de la administración al respecto va a existir esta duda.

ojala pero me parece demasiado chollo eso...
 

Argi

Miembro conocido
NOEMI dijo:
así es Argi,como le pongamos un día de mas.... espero que de aquí a entonces me haya tocado la lotería y les haya mandado a todos a tomar por ahí...

Fin de contrato temporal 31 de marzo. Comienzo erte 14 de marzo: ¿18 días más una vez reicorporado?

 

msalem

Miembro
fgarciavarela dijo:
SANTIAGO dijo:
Ayer en una Webinar se comentó que sería únicamente del trabajador por el que la empresa incumple el compromiso, pero está claro que hasta que no haya una resolución o comunicación de la administración al respecto va a existir esta duda.

ojala pero me parece demasiado chollo eso...

yo mas que chollo, lo veo justo, si por "este" incumplo por "este" devuelvo ….
 
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