Expediente sancionador miembro comité de empresa

Yraco

Nuevo miembro
Hola.
Tengo una duda. Acaban de despedir a un amigo miembro del comité de empresa por el motivo sanción muy grave despido disciplinario por el presunto hurto de alimentos en su puesto de trabajo un catering. Debió la empresa abrir expediente sancionador por escrito para darle la opción al trabajador la opción de formular su escrito de alegaciones? No lo hicieron....ahora q pasa? Debe el abogado poner esto en la papeleta? Que pasara? Lo readmitirán? Si es así, una vez readmitido pueden volverlo a despedir? Por favor agradecería contestacion urgente. Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Evidententemente, dada su condición de representante legal de los trabajadores, la empresa la debió abrir el preceptivo expdiente contradictorio.
Al no haberlo hecho, el despido es improcedente, aunque la empresa puede despedirlo de nuevo (esta vez cumpliendo con ese trámite) pasados 20 días.

Saludos
 

Mr. White

Miembro activo
De acuerdo también, salvo con lo de "aunque la empresa puede despedirlo de nuevo pasados 20 días", pues lo que dice la Ley es que tienes "hasta 20 días" desde el primer despido para practicar el nuevo subsanando los defectos formales (en este caso, el expediente contradictorio).

Es decir, la empresa no tiene que esperar 20 días, puede hacerlo perfectamente desde el día siguiente del primer despido hasta el día 20.



 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, gracias por la correción, Mr. White, la empresa disponde de 20 días (no ha de esperar a que transcurra ese tiempo) para subsanar ese defecto formar y proceder de nuevo al despido.
Y sí, claro, se trata de una posibilidad de despedir por al misma causa siempre que se haya tratado de ese error de forma (no incoar el oprtuno expediente contradictorio al respresentante legal de los trabajadores), no porque no  se acredite la causa o porque no se haya considerado merecedora del despido disciplinario.

Saludos
 
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