extinción causas económicas-aplazamiento indemnización por falta de liquidez

lubo

Miembro
Buenos días.

Una empresa va a cerrar un comercio de los dos que tiene por causas económicas. Le va a presentar una extinción por causas económicas al trabajador abonandole el 60 por ciento e invitándole que solicite el 40 por ciento restante al FOGASA. Pero ese 60 por ciento tampoco dispone de él en estos momentos, ¿sería correcto en la carta de despido especificarle los plazos en los que percibirá esa indemnización del 60 por ciento??

Gracias.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, sería correcto. Explicando las causas por las que no se puede poner a disposición la indemnización en este momento.
 

capdep

Miembro
Hola Fernando.
Podrías dar mas datos? Tenía entendido que se exoneraba de poner a disposición la indemnización pero condicionada a que se hiciera a la efectividad del despido. En todo caso, ¿Sería válido sólo para causas económicas? Y finalmente, ¿Sería valido en carta consignar los plazos sin pasar por el cmac? Que está recogido en ET o en jurisprudencia?

Gracias y saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No es así. La ley habla de poder reclamar la cantidad por parte del trabajador, no de la obligación de la empresa de pagar la misma.
 
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