Una sociedad con un trabajador va a cesar su actividad, por que el socio y administrador quiere dedicarse a otra cosa (no sigue con ninguna actividad, va a ser trabajador por cuenta ajena en otra empresa que no tiene nada que ver)
En la comunicación al trabajador simplemente hay que comunicarle el fin de contrato por cese de actividad de la empresa sin dar más explicaciones ¿no?, la fecha del cese, todo con un preaviso de 15 días, se paga una indemnización de 20 días por año y ya está
¿Es así?
Gracias
En la comunicación al trabajador simplemente hay que comunicarle el fin de contrato por cese de actividad de la empresa sin dar más explicaciones ¿no?, la fecha del cese, todo con un preaviso de 15 días, se paga una indemnización de 20 días por año y ya está
¿Es así?
Gracias