Buenas a todos,
Se trata de una extinción por incumplimiento grave del empresario, la duda es la siguiente;
¿Tiene el trabajador que asistir al trabajo hasta que exista resolución judicial?, y en cuanto al desempleo ¿cuándo se le reconoce la prestación al trabajador, desde la presentación de la papeleta o desde el reconocimiento judicial o extrajudicial de la extinción?
Saludos
Se trata de una extinción por incumplimiento grave del empresario, la duda es la siguiente;
¿Tiene el trabajador que asistir al trabajo hasta que exista resolución judicial?, y en cuanto al desempleo ¿cuándo se le reconoce la prestación al trabajador, desde la presentación de la papeleta o desde el reconocimiento judicial o extrajudicial de la extinción?
Saludos