Buenos dias. Queria saber que opinais al respecto:
El convenio establece lo siguiente respecto de las pagas extras:
a) Una paga extra de Julio y otra de Navidad, siendo el importe de cada una de ellas de una mensualidad del salario base.
b) Una paga anual en conceptode premio de vinculacion o permanencia por importe de 1 mensualidad del salario, que se cobrara durante el mes de septiembre.
Respecto de la pga de vinculacion, me asalta la duda de si necesariamente hay que estar 1 año en plantilla para cobrarla. O en caso de baja del trabajador con anterioridad a 1 año, cobraria la parte proporcional.
Ejemplo: Trabajador A, que se da de alta el 01 de septiembre del año X, causa baja voluntaria en la empresa el 31 de Julio. Tendría derecho a cobrar la parte devengada de la extra de septiembre?. O al no haber estado 1 año completo no tendria derecho a la misma.
Yo entiendo que tendria derecho igualmente a la parte devengada, pero la redaccion dle convenio es difusa y la empresa entiende lo contrario.
Agradezco opiniones.
El convenio establece lo siguiente respecto de las pagas extras:
a) Una paga extra de Julio y otra de Navidad, siendo el importe de cada una de ellas de una mensualidad del salario base.
b) Una paga anual en conceptode premio de vinculacion o permanencia por importe de 1 mensualidad del salario, que se cobrara durante el mes de septiembre.
Respecto de la pga de vinculacion, me asalta la duda de si necesariamente hay que estar 1 año en plantilla para cobrarla. O en caso de baja del trabajador con anterioridad a 1 año, cobraria la parte proporcional.
Ejemplo: Trabajador A, que se da de alta el 01 de septiembre del año X, causa baja voluntaria en la empresa el 31 de Julio. Tendría derecho a cobrar la parte devengada de la extra de septiembre?. O al no haber estado 1 año completo no tendria derecho a la misma.
Yo entiendo que tendria derecho igualmente a la parte devengada, pero la redaccion dle convenio es difusa y la empresa entiende lo contrario.
Agradezco opiniones.