EXTRANJERO

SaviR

Miembro activo
Sí, puede darle de alta, ya que la solicitud de renovación se presentó el 22 de enero de 2026, lo cual está dentro del margen de 90 días posteriores a la caducidad (que fue el 25 de diciembre de 2025).
 

isabarros

Miembro activo
Yo en casos así, aunque efectivamente vea que por normativa puedo realizar el alta, si el permiso de trabajo está en trámites, después de leer varios hilos de extranjería de por aquí, para estar más tranquila, le preparo como comentaba una compañera una declaración jurada al trabajar conforme en la fecha del alta no se encuentra privado por resolución administrativa o judicial del derecho de permiso de trabajo y residencia en España.
 
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