Buenas tardes, me ha ocurrido una situación que no se me ha dado anteriormente: un trabajador en situación de IT por enfermedad común desgraciadamente ha fallecido. La empresa en este caso supongo que lo único que tiene que hacer es pagarle la nómina y la liquidación de pagas extras y de vacaciones a la fecha del fallecimiento, pero ¿tiene derecho a algún tipo de indemnización? ¿se le podría ingresar las cantidades pendientes en su cuenta bancaria o habría que esperar a que un heredero solicite cobrarlas? Ingresándolo en la cuenta del fallecido me parece la manera más ágil y cómodo para todos, puesto es de suponer que sobre esa cuenta bancaria tendrán derecho los herederos.
Muchas gracias. Un saludo
Muchas gracias. Un saludo