Familia numerosa especial y familia general en el mismo año

Carlos80

Miembro
Buenas, tengo un cliente que de enero a julio era familia numerosa especial y en agosto paso a general
Resulta que cobro por adelantado 200 de enero a julio por la familia numerosa especial y luego en agosto no cobro los 100 € de la familia general y ya en septiembre volvió a cobrarlo

¿Como puedo hacer que pueda cobrar ahora en la renta esos 100 €. Porque no me deja poner la renta que le pertenece en los 2024, 1900€ y que ha cobrado ya 1800€ y por lo tanto le pertenece 100€? Me sale que le pertenece o bien 1200 por ser familia general o los 2400 por familia especial pero no me deja combinar las dos

Gracias
 

Wastual

Miembro activo
Después de cumplimentar los datos relativos al periodo durante el que se ostentó la categoría de FN especial, en el inicio de esa misma página de declaración, se habilita la opción de "Alta Familia numerosa", lo que te permitirá continuar con la introducción de la información relativa del tiempo en el que ya la familia numerosa se consideraba como general.
 

Carlos80

Miembro
He hecho lo que me dices Wastual, pero en el primer caso , el titulo de familia numerosa especial se acaba el 31 de julio 2024, lo indico y en importe del abono anticipado pongo 1400€ que es la cantidad: 200 x 7 = 1400€ ,pero en la casilla 660 importe de la deducción me saca 1200€ y deberia ser 1400€ y asi ni le tienen que dar nada ni pagar por la familia numerosa especial
luego cuando activo lo de familia numerosa general esta todo correcto.
No me da opción de cambiar manualmente la casilla 660
 

Wastual

Miembro activo
Al fin, tras "batirme en duelo con RentaWeb" (perdona, entre que ha sido laborioso detectar el error y que no he conseguido sacar un hueco para mirarlo...), el quid que lo solventa todo: "Fecha de finalización del título de familia numerosa (si es en 2024): 01/08/2024", es decir, el primer día que ya no se reúnen requisitos. A último día del mes -esto está así contemplado en el Manual de Renta- debe seguir ostentando esa categoría.

A modo de "prueba del algodón": si introduces 31/07/2024 como fecha de inicio de la deducción derivada de la categoría general, se puede comprobar que, por ese único día, computa el mes de julio íntegro -si se reúnen el resto de requisitos-, incrementando en 100€ la devolución, reitero, por ese único día.
 
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