Hola,
A vueltas en el despacho con los familiares colaboradores y la no convivencia. Es un tema conflictivo, ya que no encuentro en la LETA que se especifique esta obligación. A nosotros en la administración de la TGSS nos los admiten, pero siempre tenemos miedo al respecto.
Dando por hecho el supuesto de la obligatoriedad de la convivencia, una de las excepciones a ella es el que exista dependencia económica del familiar con respecto al autónomo titular. ¿Cómo te puede la Administración pedir que demuestres dicha dependencia?
Un saludo
A vueltas en el despacho con los familiares colaboradores y la no convivencia. Es un tema conflictivo, ya que no encuentro en la LETA que se especifique esta obligación. A nosotros en la administración de la TGSS nos los admiten, pero siempre tenemos miedo al respecto.
Dando por hecho el supuesto de la obligatoriedad de la convivencia, una de las excepciones a ella es el que exista dependencia económica del familiar con respecto al autónomo titular. ¿Cómo te puede la Administración pedir que demuestres dicha dependencia?
Un saludo