pajarillo
Miembro conocido
Buenos días,
Tengo un caso algo peculiar. Una autónoma que tiene cotizado justito lo necesario para jubilarse con jubilación activa.
Como sabéis, el primer paquete de reforma de las pensiones ha modificado la norma, requiriéndose para la jubilación activa, un plazo de espera de 1 año desde la fecha en la que pudo jubilarse a la edad ordinaria.
El problema es, ¿cual es la fecha de jubilación ordinaria?.
Cuando se trata de personas que tienen cotizado muy justo para poder jubilarse con 65 años, el nº de años y meses necesarios va aumentando año tras año (en 2021, 37 años y 3 meses; en 2022, 37 años y 6 meses, etc...)
Pero si entra en juego la jubilación activa, en la que hay una espera de 1 año, claro, cada año de espera cambia los requisitos para la la jubilación ordinaria. Con lo cual, cuando se trata de personas con los años cotizados muy ajustados, el plazo de espera de 1 año cambiaría cada año, ya que cada año, se aumenta el tiempo cotizado necesario para la jubilación a los 65 años. Sería una huida a delante que no acabaría nunca.
Mi pregunta. Una vez que se alcanza el nº de años/meses necesarios para jubilarse a los 65 años, esa fecha ¿se consolida?, ¿o cambia de año en año?
EJEMPLO
Tengo un caso algo peculiar. Una autónoma que tiene cotizado justito lo necesario para jubilarse con jubilación activa.
Como sabéis, el primer paquete de reforma de las pensiones ha modificado la norma, requiriéndose para la jubilación activa, un plazo de espera de 1 año desde la fecha en la que pudo jubilarse a la edad ordinaria.
El problema es, ¿cual es la fecha de jubilación ordinaria?.
Cuando se trata de personas que tienen cotizado muy justo para poder jubilarse con 65 años, el nº de años y meses necesarios va aumentando año tras año (en 2021, 37 años y 3 meses; en 2022, 37 años y 6 meses, etc...)
Pero si entra en juego la jubilación activa, en la que hay una espera de 1 año, claro, cada año de espera cambia los requisitos para la la jubilación ordinaria. Con lo cual, cuando se trata de personas con los años cotizados muy ajustados, el plazo de espera de 1 año cambiaría cada año, ya que cada año, se aumenta el tiempo cotizado necesario para la jubilación a los 65 años. Sería una huida a delante que no acabaría nunca.
Mi pregunta. Una vez que se alcanza el nº de años/meses necesarios para jubilarse a los 65 años, esa fecha ¿se consolida?, ¿o cambia de año en año?
EJEMPLO
- En julio de 2021 cumplí 65 años.
- En diciembre de 2021 alcancé los 37 años (y 3 meses) cotizados que se exigían en 2021 para jubilarme a los 65 años, pero no me jubilé (ya que quiero jubilarme de forma activa).
- Desde el 1 de enero de 2022 se pide tener cotizados 37 años (y 6 meses).
- ¿Entonces en 2022 no puedo jubilarme hasta que haya cotizado los 3 meses que me faltan?. Es decir, mi edad ordinaria de jubilación, ¿me puede cambiar cada año?, con lo cual, el año de espera para la jubilación activa, ¿nunca lo alcanzaría?.