El Gobierno Vasco ha sacado una circular informando de las fechas de efectos de la fuerza mayor, según actividades:
-Los expedientes relacionados con las medidas de contención en los ámbitos de circulación de las [personas, actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, lugares de culto,
transportes y medios de comunicación, decretados por Real Decreto 463/2020, de 14 demarzo, tienen la fecha de inicio de regulación el mismo día.
- Los expedientes relacionados con la actividad de peluquería, incorporados a la suspensión de la actividad del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, al día siguiente, tienen su fecha de inicio de regulación el día 15.
Os paso el link con el resto de la información:
https://www.euskadi.eus/contenidos/comunicacion/eres/es_def/adjuntos/COVID-19_Tercera-Circular-para-la-tramitacion-de-ERTES-00000003-.pdf
-Los expedientes relacionados con las medidas de contención en los ámbitos de circulación de las [personas, actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, lugares de culto,
transportes y medios de comunicación, decretados por Real Decreto 463/2020, de 14 demarzo, tienen la fecha de inicio de regulación el mismo día.
- Los expedientes relacionados con la actividad de peluquería, incorporados a la suspensión de la actividad del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, al día siguiente, tienen su fecha de inicio de regulación el día 15.
Os paso el link con el resto de la información:
https://www.euskadi.eus/contenidos/comunicacion/eres/es_def/adjuntos/COVID-19_Tercera-Circular-para-la-tramitacion-de-ERTES-00000003-.pdf