Festivos retribuidos o no

usaret

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Buenas tardes, descubrí esta comunidad hace unos días buscando respuestas sobre asuntos laborales y hoy me he animado a registrarme para poder tener más actividad e interactuar con el resto de usuarios. ¡Espero aprender mucho de todos vosotros!

Voy allá con mi primera pregunta: con la ley actual Española, ¿todos los tipos de contrato legales existentes deben pagar festivos aunque el trabajador no vaya a trabajar por decisión de la empresa?

Un pariente que ha empezado a trabajar hace poco tiene un contrato de 16 horas semanales de lunes a jueves, y se preguntaba si los festivos que caen en sus días de trabajo (por ejemplo el próximo 1 de enero que es lunes) se lo pagan igualmente.

Yo le he comentado que según el artículo 37.2 del estatuto de los trabajadores los festivos son retribuidos y no recuperables... y que por lo tanto su empresa tiene que abonárselos, pero me comenta que en su contrato pone lo que cobra por hora trabajada... y que no está seguro.

¿Estos contratos suponen entonces que si un mes trabaja 16 días y otro mes trabaja 20 entonces cobrará más el mes que más trabaje? o está estandarizado para que todos los meses cobre lo mismo?

Aprovecho ya de paso para otra pregunta más rápida: si su último día de trabajo en la semana es el jueves, cuando coja vacaciones , ¿le empiezan a contar desde el viernes o desde el lunes?

Muchas gracias de antemano. Un saludo!
 
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