FICHEROS CRA

EVA JOM. BUR.

Nuevo miembro
Holaa!

Sabéis si por mandar los ficheros CRA fuera de plazo, ponen alguna sanción? Tengo un cliente nuevo y la asesoría anterior no mandó los CRA  de Septiembre, y los acabo de mandar ahora.... y era para decirle al cliente o que se esté tranquilo o por el contrario que prepare la cartera..... XD

Gracias!!
 

Aslasa

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En principio puedes estar tranquila, ahora se encuentran depurando errores, pero me comentaron que a partir de nada ya comenzarían a sacudir en vez de mandar avisos
 

Aslasa

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A tocar madera, en mi caso no tengo ninguno no presentado, pero mails para aclarar conceptos y bases me estás friendo...
 

ManuelSM2

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Aslasa dijo:
A tocar madera, en mi caso no tengo ninguno no presentado, pero mails para aclarar conceptos y bases me estás friendo...

Espero que no sancionen por ello también, porque a mí de esos también me han llegado unos cuantos.

Lo último que les puse, puesto que se estaban repitiendo mucho en algunos trabajadores, son los ccc y nº de seguridad social de las empresas y trabajadores de los cuales enviaba las correcciones, y que lo observaran y me dijeran que era lo que me faltaba y su respuesta fue : " Se procederá a la comprobación de sus envíos y si procede alguna reclamación posterior, nos pondremos en contacto  con Vd. por este mismo medio. Un saludo."

Ya llevan más de un mes sin decirme nada, todo un logro y un pequeño respiro.
 

EVA JOM. BUR.

Nuevo miembro
Si sancionan a mi clienta con 626€ por no presentar los CRA de una nómina de una trabajadora de un fin de semana por 10 horas...... me da algo.....jajajajaaja!!!

Gracias por las respuestas!!!
 

laboris

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Os cito lo que pone en la Ley

"Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas"
Sino se presenta o no se incluyen todos los conceptos se considera una infracción grave, con una sanción minima de 626€, supongo que si codificas mal los conceptos no debería sancionarse porque si que has cumplido con la obligación de envio en plazo.
Con algunos despachos en Toledo se han cebado a poner multas y por no enviar un mes de un solo trabajador a tiempo parcial, un autentico ensañamiento, que no tiene otro sentido más que el recaudar dinero.
 

Aslasa

Miembro
Yo espero que no empiecen a sacudir, pero la verdad llevo ya no se cuantos mail explicando tonterías, que la verdad no sé hasta qué punto serán flexibles o no...
 
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