FIJO DISCONTINUO, SUSPENSION CONTRATO E IT DURANTE VACACIONES

Seni

Miembro activo
Tengo el caso de un fijo discontinuo que se le comunica que el 20/10/2025 se suspende su actividad y que disfrutará sus vacaciones hasta el 31/10/2025. Hoy día 23/10/2025 cae de baja IT.

Entiendo que de debo esperar hasta el 31/10/2025 para suspender su contrato en la TGSS y las vacaciones que no pudo disfrutar por la IT quedarán pendientes para el próximo llamamiento?
 

Wastual

Miembro conocido
En efecto:
- Del 23/10 al 31/10 se le suspende el disfrute de las vacaciones (quedan pendientes) y la relación laboral. A partir de ese momento, entonces se debe retribuir y cotizar según el subsidio de IT que le corresponda.
- El 31/10 se cursará la baja con dicho día como fecha real. El 01/11 se encontrará en situación que le permita solicitar el pago directo al INSS.

- Una vez se inicie la próxima campaña, se debe cursar llamamiento según el orden que le corresponda, no siendo eximente en absoluto que permanezca en dicha situación. No cursar su alta en dicho momento, aunque inmediatamente después quede en la misma situación que al principio, puede conllevar a un despido tácito que tiene alta probabilidades de declararse nulo.

Se habló recientemente aquí, dónde se incluye una muy buena referencia de Lefebvre. No hay ninguna diferencia porque se encontrase "de vacaciones".
 
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