Seni
Miembro activo
Tengo el caso de un fijo discontinuo que se le comunica que el 20/10/2025 se suspende su actividad y que disfrutará sus vacaciones hasta el 31/10/2025. Hoy día 23/10/2025 cae de baja IT.
Entiendo que de debo esperar hasta el 31/10/2025 para suspender su contrato en la TGSS y las vacaciones que no pudo disfrutar por la IT quedarán pendientes para el próximo llamamiento?
Entiendo que de debo esperar hasta el 31/10/2025 para suspender su contrato en la TGSS y las vacaciones que no pudo disfrutar por la IT quedarán pendientes para el próximo llamamiento?