Buenos días,
Estoy algo perdida con los contratos fijos discontinuos, os comento el caso que tengo:
Trabajadora en un hostal, con contrato indefinido a tiempo parcial unas 20 horas semanales desde el año 2013. La empresa tiene más trabajo de Mayo a Octubre, el resto del año no, por lo que se plantea en pasarla a contrato fijo discontinuo y que trabaje más o menos entre esas fechas.
Mis dudas son las siguientes;
- Al estar con contrato indefinido ordinario, puedo cambiarla a contrato fijo discontinuo?? entiendo que si la trabajadora está de acuerdo no hay mayor problema, pero como no quiera...
- Con cuanta antelación tengo que realizar el llamamientos, según convenio "El llamamiento debe llevarse a cabo por rigurosa antigüedad dentro de cada especialidad y en caso de incumplimiento , el trabajador podrá reclamar por despido ante la autoridad competente". Solo indica el orden que se debe seguir no el tiempo de preaviso.
- El hostal solo cierra ahora en época de Navidad, el resto del año está abierto, esto conlleva algún problema, me refiero a que si tengo una trabajadora como fija discontinua, puede estar abierto el hostal.
- En caso que se luego se la quiera despedir si no se realiza el llamamiento, en que fecha se debería realizar. En el momento que se decide el despido o cuando se debería realizar el llamamiento.
Como veis no controlo estos contratos.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Estoy algo perdida con los contratos fijos discontinuos, os comento el caso que tengo:
Trabajadora en un hostal, con contrato indefinido a tiempo parcial unas 20 horas semanales desde el año 2013. La empresa tiene más trabajo de Mayo a Octubre, el resto del año no, por lo que se plantea en pasarla a contrato fijo discontinuo y que trabaje más o menos entre esas fechas.
Mis dudas son las siguientes;
- Al estar con contrato indefinido ordinario, puedo cambiarla a contrato fijo discontinuo?? entiendo que si la trabajadora está de acuerdo no hay mayor problema, pero como no quiera...
- Con cuanta antelación tengo que realizar el llamamientos, según convenio "El llamamiento debe llevarse a cabo por rigurosa antigüedad dentro de cada especialidad y en caso de incumplimiento , el trabajador podrá reclamar por despido ante la autoridad competente". Solo indica el orden que se debe seguir no el tiempo de preaviso.
- El hostal solo cierra ahora en época de Navidad, el resto del año está abierto, esto conlleva algún problema, me refiero a que si tengo una trabajadora como fija discontinua, puede estar abierto el hostal.
- En caso que se luego se la quiera despedir si no se realiza el llamamiento, en que fecha se debería realizar. En el momento que se decide el despido o cuando se debería realizar el llamamiento.
Como veis no controlo estos contratos.
Muchas gracias por vuestra ayuda.