FIN CONTRATO EVENTUAL (POSIBLE FRAUDE DE LEY) Y SITUACION RIESGO EMBARAZO

AL1978

Miembro conocido
Hola Compañeros/as:

Me gustaría conocer vuestra opinión, ya que interpondremos demanda de despido,  que además se trata de mi hermana, que yo soy de "mecha rápida" y por experiencia se que los calentones no son buenos... os expongo la situación.

Sector de hostelería + sala de juegos, trabajadora contratada a jornada completa con categoría de camarero con contrato inicial eventual por circunstancias de la producción de febrero de 2019 hasta mayo de 2019. CAUSA: "Acumulación de tareas como consecuencia del incremento de clientes previsto por la instalación de máquinas nuevas de bingo electrónico y las fiestas de semana santa"

En Mayo de 2019 se prorroga 6 meses más, concretamente hasta 02/11/2019, en el contrato e prorroga no se hace mención a nueva causa de  eventualidad o ampliación de la inicial.

En Julio la empresa le manifiesta que están muy contentos con ella y que la harán indefinida

En Agosto de 2019 la trabajadora se queda embarazada, y se lo comunica a la empresa, del indefinido no hay rastro pero le dicen que no se preocupe que cuando venza el contrato ya lo modifican.

Octubre de 2019 la trabajadora pasa a situación de Riesgo del Embarazo aceptado por la MUTUA en cuestión.

02/11/2019 La gestoría de la empresa le comunica por SMS que no se va renovar el contrato, que puede pasar a por finiquito y que muchas gracias por los servicios prestados.


Sin entrar en las formas, de las cuales me voy a reservar opinión, entiendo que el contrato eventual carece de causa justa de temporalidad tanto por indefinición de la causa como por su duración.
Por un lado, Semana santa terminó el 22/04/2019 y en el caso de acumulación de tareas por un posible incremento de clientes por instalación máquinas nuevas que preveías en Febrero y ha continuado hasta Noviembre del mismo año... pues ya me dirás.

La idea es reclamar despido nulo basándonos en la naturaleza indefinida del contrato y la situación de riesgo del embarazo de la trabajadora.


¿Qúe opináis?


Un saludo y muchas gracias

 

Cachilipox

Miembro conocido
Si es posible acreditar esa ausencia de causalidad en el contrato temporal, quizás logreis la improcedencia. Para lo de la nulidad, el embarazo por sí mismo no basta, hay que enmarcarlo en un supuesto al menos verosimil de discriminación.
Ejemplo:
Otros contratados temporales a los que sí se les renueva.
Nuevo contrato temporal que sucede a la trabajadora despedida.
...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Huele a despido nulo, porque la causalidad no la veo justificada y porque en riesgo de embarazo el despido es nulo si no es procedente.
 

fundación

Miembro conocido
La extinción del contrato temporal en fraude de ley de una embarazada debe considerarse como un despido nulo al ser el embarazo una situación especialmente protegida frente al despido (sentencia del TSJ de Galicia de 22 de marzo de 2019, que revoca la sentencia del Juzgado de lo Social que falló a favor de la empresa).

https://sincro.com.es/blog/tribunales/declarada-nula-la-extincion-del-contrato-de-una-embarazada-al-ser-fraudulento-su-contrato-temporal/
 

AL1978

Miembro conocido
Muchísimas Gracias a todos.
Fundación, yo también había leído esa sentencia.

Vamos a por ello, ya os contaré




 
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