Bueno tras darme un paseo por la "Habana", ahora toca decir aquello de "Donde dije digo, ahora digo Diego".
Efectivamente y aunque no hubiesen transcurridos muchas fechas entre la sentencia que arriba expongo y la que pretendo ahora poner, parece ser que se dilucida la cuestión:
STS 06/03/2008 Rec. 4785/2006
Resumen:
Despido reconocido como improcedente, pago de la indemnización mediante entrega de
cheque bancario al tiempo firma finiquito, que incluye indemnización. No procede salarios salarios de
tramitación.
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=164268&links=salarios%20de%20tramitaci%F3n%20%22SALARIOS%22