Buenos días
queria comentaros un asunto. Veamos, una sentencia de modificación sustancial, es firme directamente y no cabe recurso. El plazo de ejecución es de 3 meses desde la firmeza. Estos tres meses, entiendo serán desde que me notifiquen la sentencia, no?porque si fuera de la fecha de emisión, directamente hay parte del plazo que ha transcurrido, ya que sabeis que la notificación es posterior..bueno que pensais?gracias, un saludo.
queria comentaros un asunto. Veamos, una sentencia de modificación sustancial, es firme directamente y no cabe recurso. El plazo de ejecución es de 3 meses desde la firmeza. Estos tres meses, entiendo serán desde que me notifiquen la sentencia, no?porque si fuera de la fecha de emisión, directamente hay parte del plazo que ha transcurrido, ya que sabeis que la notificación es posterior..bueno que pensais?gracias, un saludo.