Buenos días.
Despido objetivo, causas economicas, art. 52
Vamos a solicitar al Fogasa, el pago del 40%. ¿puede la empresa abonar el 60% y el trabajador solicitar directamente el pago del 40% al fogasa?
Me tiene un poco confundida.... Antes debia abonar el 100% la empresa y solicitar al fogasa, ¿continua siendo así? o, bien, ¿puede la empresa abonar el 60% y el resto solicitarlo directamente el trabajador?
Cuando lo solicita directamente el trabajador, deben justificarse la forma de cobro del 60% abonado por la empresa (creo que prentenden abonarselo a plazos)
Gracias anticipadas por vuestras respuestas
Despido objetivo, causas economicas, art. 52
Vamos a solicitar al Fogasa, el pago del 40%. ¿puede la empresa abonar el 60% y el trabajador solicitar directamente el pago del 40% al fogasa?
Me tiene un poco confundida.... Antes debia abonar el 100% la empresa y solicitar al fogasa, ¿continua siendo así? o, bien, ¿puede la empresa abonar el 60% y el resto solicitarlo directamente el trabajador?
Cuando lo solicita directamente el trabajador, deben justificarse la forma de cobro del 60% abonado por la empresa (creo que prentenden abonarselo a plazos)
Gracias anticipadas por vuestras respuestas